Inscripción
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07-08 al 01-09-17
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Podrán acceder
a este listado todos los aspirantes que reúnan las condiciones de título
establecidas por el Estatuto del Docente, siendo esta inscripción la única en
el cronograma anual.
El ingreso a dicho listado se podrá realizar por una de las dos opciones:
1º) Primera opción: en forma tradicional (soporte papel),
es decir cumplimentando la Declaración Jurada
y entregándola en la SAD para efectivizar la inscripción.
Aquellos aspirantes que ingresaran por
primera vez, deberán cumplimentar solo esta
opción.
2º) Segunda opción: en forma virtual (vía Internet), es decir
cumplimentando la Declaración Jurada, visitando el espacio Web
“servicios.abc.gov.ar” para efectivizar la inscripción.
PRIMERA OPCIÓN
La
Declaración Jurada cumplimentada por el aspirante será entregada en la Secretaría
de Asuntos Docentes para su posterior carga
en los Tribunales de
Clasificación Descentralizados, adjuntando la documentación probatoria.
La carga se
realizará con el sistema intranet, con lo cual se solicita al docente que
adjunte todos los títulos, cursos y antigüedad que posee.
La inscripción
para la modalidad Artística, nivel terciario es sólo para la cobertura de los
cargos de Profesor y Ayudante de
Cátedra.
La inscripción para el nivel Superior
es sólo para la cobertura del cargo Profesor.
La inscripción
se realiza por un sólo distrito, a través del cual se solicitarán los demás.
La inscripción
se realiza a través de una sola
declaración jurada tanto para el nivel
Superior, como para la modalidad Artística nivel terciario. El docente
consignará en que Listado aspira ingresar
108 A ó 108 B.
Se adjuntará un
sólo juego de documentación para ser valorada por el Tribunal Descentralizado
al que pertenece el distrito de inscripción.
DOCUMENTACIÓN
A PRESENTAR:
·
Planilla de declaración Jurada, 1 original y 2
copias.
·
Fotocopia de DNI, anverso
y reverso. Si la fecha de emisión
del mismo no fuere como mínimo de un año
de residencia en el distrito -al cierre de la inscripción- deberá presentar
documentación fehaciente (contrato de alquiler, servicio a su nombre, etc.) que
avale dicha residencia (se tomará igual criterio que en el Listado Oficial),
certificada por autoridad competente. La residencia se acredita de
acuerdo al Art. 60º inc. D con cinco (5)
puntos en el distrito que reside. En el nivel Superior –para concurso- esta
valoración está regulada por la Resolución 5886/03, que otorga 0,10 centésimos
en el distrito que reside.
·
Fotocopia del título habilitante, registrado en la
D.G.C. y E. Certificada por autoridad competente.
·
Fotocopia de todos los títulos y cursos
bonificantes, registrados en la D.G.C. y
E. Certificada por autoridad competente.
En el rubro
antigüedad docente consignarán todo el desempeño (la denominación exacta de la
carrera y las asignaturas de nivel Superior y
modalidad Artística Terciario en los cargos de Profesor -nivel
Superior- y / o Profesor / Ayudante Cátedra -modalidad Artística
Terciario-), desde el
inicio de su carrera docente. Deberá constar la fecha “desde” y “hasta”,
situación de revista y desfavorabilidad “si/no”.
En el rubro calificaciones, se
consignarán las correspondientes a cada período declarado, siempre que este
último supere los treinta (30) días de desempeño. (El casillero es obligatorio).
Los datos de
ambos rubros deberán estar debidamente certificados por las autoridades del
Servicio Educativo en la solicitud de inscripción. Todo dentro de sobre marrón oficio.
IMPORTANTE: el aspirante deberá certificar el período
trabajado en las asignaturas y/o áreas, de acuerdo con lo solicitado en la declaración
jurada para este ítem, a los efectos que se le asigne el puntaje
correspondiente. Con el mismo criterio se evaluarán las calificaciones: correspondencia
unívoca entre el nombre de la asignatura y su desempeño.
SEGUNDA OPCIÓN
El aspirante podrá cumplimentar, vía
Internet, los datos requeridos en la
Declaración Jurada Digital y verificar los existentes en la base de datos Servado, sin necesidad de
concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes y realizar la Inscripción por
autogestión.
Al ingresar al sitio
Web, los pasos 1, 2, 3 y 4 el aspirante observará que se encuentran cargados
con los datos del mismo; en éstos se convalidarán y se aceptará la inscripción.
Si el interesado durante la cumplimentación
de la Declaración Jurada Digital no
estuviese de acuerdo con lo que contiene la base de datos del Servado o resultare necesario la incorporación de
nuevos datos (cursos, títulos, etc.), entonces el aspirante podrá no aceptar
los datos observados y continuar hasta finalizar la inscripción, debiendo
necesariamente concurrir a la SAD dentro del período de inscripción, con la
documentación probatoria, a fin de ser entregada en la Secretaría de Asuntos
Docentes para su posterior carga en los
Tribunales de Clasificación Descentralizados, solicitando la modificación y/o
incorporación de los mismos a su legajo.
Si no lo
hiciere en dicho período no podrá realizar reclamo alguno a posterior