PAUTAS
Y CRONOGRAMA PARA LA CARGA DE INSCRIPCIONES
Y LA
VALORACIÓN DE ANTECEDENTES
INGRESO
A LA DOCENCIA 2015
LISTADO
OFICIAL 2016
CRONOGRAMA
DE ACCIONES
Fechas 2015
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S.A.D.
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T.D.
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T.C
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13/04 al 12/06
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Difusión y recepción de Declaraciones
Juradas de nuevos aspirantes y documentación que requiera ser valorada
(autogestión)
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Carga de antecedentes correspondientes a
las Declaraciones Juradas y/o documentación valorable.
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13/04 al 07/08
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Carga de antecedentes correspondientes a
las Declaraciones Juradas y/o documentación valorable.
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31/8 al 14/09
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Exhibición de Listados
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31/8 al 28/9
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Recepción de recursos y remisión a los Tribunales Descentralizados
correspondientes
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Tratamiento de todos los recursos de
revocatoria y/o denuncias.
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A partir de la 1º notificación de respuesta
al reclamo
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Recepción de disconformidades y remisión los Tribunales Descentralizados correspondientes
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Adjunta disconformidad a legajo y remite a
TC.
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Tratamiento de todos los recursos
jerárquicos en subsidio y/o denuncias.
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La inscripción al Ingreso a la Docencia se podrá
realizar por una de estas dos opciones.
1º) Primera
opción: en formato tradicional (soporte papel), es decir cumplimentando
la Declaración Jurada y entregándola en
la SAD para efectivizar la inscripción; (Aspirantes que realizan el ingreso por
primera vez)
2º) Segunda
opción: en forma virtual (vía Internet), es decir cumplimentando la
Declaración Jurada, de la pagina Web “Portal:.abc.gov.ar” para
efectivizar la inscripción por autogestión.
PRIMERA OPCIÓN
Aspirantes que se inscriben por
primera vez
Los interesados
deberán realizar su inscripción de Ingreso a la Docencia en la Secretaría de
Asuntos Docentes donde deberán presentar:
1)
Formulario Solicitud de Inscripción ( Declaración
Jurada) 1 original y 2 copias
2)
Fotocopia DNI (páginas 1º, 2º).
3)
Fotocopias autenticadas de títulos y cursos
acreditados que posean, debidamente registrados.
- En el rubro
antigüedad se consignará todo el desempeño, desde el inicio de su carrera
docente. Deberá constar la fecha “desde” y “hasta”, situación de revista y
desfavorabilidad “si/no”.
En el rubro calificaciones, se consignarán las correspondientes a cada
período declarado, siempre que este último supere los treinta (30) días de
desempeño. (El casillero es obligatorio)
Los datos de ambos rubros deberán estar debidamente certificados por las
autoridades del Servicio Educativo en la solicitud de inscripción.
La Declaración Jurada cumplimentada por el aspirante será entregada en
la Secretaría de Asuntos Docentes para su posterior carga en los Tribunales de Clasificación Descentralizados.
DATOS PERSONALES:
Se
constatará que los datos informados por el aspirante
en Declaración Jurada coincidan con los que aparecen en pantalla – caso contrario
producirá los ajustes.
·
DOMICILIO: se cargará el que obra en la fotocopia del DNI
presentado por el aspirante, atento a lo establecido en el Art. 60º inc. d) del
Estatuto del Docente y Decretos Reglamentarios y la Resolución Nº 784/03.
En
caso de no coincidir lo declarado en su inscripción con el del DNI, se
recomienda no efectuar la carga de este punto.
Eventualmente y,
ante la presentación expedida por autoridad competente que dé cuenta del
extravío y/o cambio del documento y que en el mismo no conste el domicilio, no
será cargado y se resolverá oportunamente en instancia de reclamo con
documentación probatoria.
En este
caso y para avanzar en la carga del aspirante, en el rubro respectivo se
consignará cero (0), si fuese su primera inscripción, de lo contrario se dejará
la ya grabada.
Ø DISTRITOS SOLICITADOS EN LA OPCIÓN TRADICIONAL: Se deberán cargar como máximo tres (3) distritos. Si el
interesado no consignó ninguno, de oficio se le cargará el Distrito donde
realizó la inscripción y/o el de residencia.
Ø CARGO TITULAR:
a efectos de la valoración de este ítem se deberá considerar lo declarado por
el interesado, teniendo especial atención en aquellos casos en que se hubiera
modificado su situación por acción estatutaria
u otra causal (Acrecentamiento,
titularización interina, renuncia, etc.).
·
Aspirantes nuevos: se procederá a cargar toda la antigüedad debidamente
certificada que el aspirante consigne o se convalidará la consignada en la base
de datos del Sistema Informático ( PDD )
·
Aspirantes que
figuran en el listado anterior:
se cargará la antigüedad correspondiente al año o se convalidará la consignada en la base de datos
del Sistema Informático.(PDD)
·
CALIFICACIONES: se consignarán las calificaciones certificadas
correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificado el
aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra o se convalidarán las consignadas en la base de
datos del Sistema Informático (PDD)
“Si en el mismo año y cargo se hubieren
obtenido distintas calificaciones, se considerará la más favorable al
postulante”, Art. 60º inc. g-Ley 10579.
Ø TITULOS HABILITANTES:
la recomendación que a continuación se brinda tiene como objeto colaborar para
evitar eventuales reclamos por el puntaje que corresponde a cada título. Es
necesario prestar especial atención en el volcado de: la denominación del
título, el organismo que lo expidió y si posee número de Resolución o ID, debe
coincidir exactamente con el que aparece en pantalla.
Ø TITULOS Y CURSOS BONIFICANTES:
·
Aspirantes nuevos: se cargará la totalidad de títulos y cursos
bonificantes.
·
Aspirantes que
figuran en el Listado 2014/15:
se cargarán los títulos y cursos declarados por el aspirante, obtenidos en el
período comprendido hasta 12/06//15, previa verificación del correspondiente
registro en la DGC y E.
Observación: los títulos
reconocidos y cursos podrán ser consultados en el Portal abc
Es
importante tener en cuenta la recomendación
antes enunciada y además atender al número del proyecto o trayecto si lo
tuviera y la coincidencia con cantidad de horas.
Sólo se
cargarán títulos y cursos bonificantes que hayan sido constatados con original
a la vista. Ante la recepción de reclamos por esta causal, se procederá a
considerar los cursos que obran en el legajo.
Ø DOCENTES “DECRETO 258”:
se procederá a cargar lo solicitado por el aspirante.
Ø FECHA DE REGISTRO DE TITULOS: Los Tribunales de Clasificación Descentralizados
cargarán en el Sistema la fecha de Registro de Títulos. Las mismas serán
actualizadas de acuerdo al cronograma
que vigente
SEGUNDA OPCIÓN
El aspirante podrá
cumplimentar, vía Internet, los datos
requeridos en la Declaración Jurada Digital y verificar los existentes en la
base de datos Servado, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos
Docentes y realizar la Inscripción por autogestión.
Al
ingresar al sitio Web, el aspirante
observará que se encuentran consignados con los datos que se encuentran en la
base del aspirante; en éstos casos se convalidarán los mismos y se aceptará la
inscripción.
Si el
interesado durante la cumplimentación de la Declaración Jurada Digital no estuviese de acuerdo con lo que contiene
la base de datos del Servado o
resultare necesario la incorporación de nuevos datos, cursos, títulos, etc.,
entonces el aspirante podrá no aceptar los datos observados y continuar hasta
finalizar la inscripción, debiendo necesariamente concurrir a la SAD dentro
del período de inscripción, con la documentación probatoria, a fin de ser
entregada en la Secretaría de Asuntos Docentes para su posterior carga en los Tribunales de Clasificación Descentralizados, solicitar
la modificación y /a incorporación de los mismos a su legajo.
Si no lo hiciere en dicho período no podrá
realizar reclamo alguno a posteriori.
Procedimiento a seguir por los aspirantes que elijan el sistema de autogestionar su inscripción
- Visitar el sitio “servicios .abc.gov.ar”
- Registrarse en el PORTAL ABC
para obtener el usuario/contraseña si no se dispone de ella.
- Iniciar sesión ingresando el usuario/contraseña obtenida.
- Usar el servicio IID ( Inscripción Ingreso a la Docencia) y cumplimentar los siete pasos propuestos:
1-Datos personales
2-Distritos solicitados
3-Niveles y modalidades
4-Cargos titulares y titulares interinos
5-Antigüedad/calificación
6-Formación Docente:
cursos y títulos
7-Cobertura Decreto
258
Los
pasos 1, 2, 3 y 7 (algunos datos del paso 1) deberán se autogestionados por la
persona interesada, quien completará todos los datos allí solicitados aceptando
o no los mismos, que podrán ser modificados por el aspirante posteriormente,
finaliza inscripción.
Al
finalizar se puede verificar, el correcto funcionamiento de su autogestión
visitando el servicio DJD “Declaración Jurada Digital”.
Se aclara que a partir de la
presente inscripción, será obligatorio consignar el Nº CUIL para dar cumplimiento a las distintas
acciones requeridas por la Dirección General de Cultura y Educación. En los
casos que no se declare no se podrá validar la inscripción.