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jueves, 1 de agosto de 2013

PREGUNTAS SOBRE MAD

Hoy hemos realizado la reunión informativa sobre MAD, con un resultado sumamente positivo, se trabajó la normativa vigente y se despejaron las dudas de los presentes, entre los datos más útiles que no figuran en le anterior comunicado de MAD podemos resaltar




Quiénes NO pueden pedir MAD ?

Los docentes en uso de licencia por causas particulares 114 0 1
Los que estuvieron con Cambio de funciones y no pasó un año desde que se las levantaron
Los calificaron con menos de 8 sin recurrir la calificación
Los que  no pasaron 3 años desde su toma de posesión como interinos
Los que no transcurrieron dos MAD desde el último MAD en los módulos o cargos que desea trasladar
Los que aspiran a los cargos o  las materias excluídas por la Disposición N°114 y 125 (ver blog)
Los que poseen un cargo en un Nivel o Modalidad y lo quieren trasladar a módulos u horas de otro Nivel o Modalidad
Por ej un MG de EP a módulos de Secundaria
Un PR de Secundaria a módulos de Educ Física o viceversa


Qué sale a MAD ?

Las vacantes reales (provisionales, interinas o con servicios provisorios) existentes al 30 de agosto de2013
Las vacantes que se despejan por consecuencia del movimiento de otro docente

Qué se cubre por MAD ?

El 50 % de las vacantes , restándole previamente la cantidad de cargos , módulos u horas ocupados por docentes interinos

Por ej  si hubiera 18 cargos vacantes de PR, SI hay 4 PR interinos, se restan 4 cargos para  asegurar el DD , quedan 14, de esos 14 se cubriría n 7 cargos por MAD 7
Cómo solicito MAD?
Completo y presento en la  Escuela desde la cual deseo pedir el MAD una planilla original y 2 fotocopias de la misma que consigo en Amoblamac, Pipas, ZOOM, Esc Técnica, junto con una copia del PAD
Qué es el PAD?
El Puntaje anual docente que todo docente en condiciones de pedir el MAD debe poseer, cuando se solicitan traslados de cargo a cargo se define por mayor PAD
Mañana es el últio día que la SAD recibe los reclamos únicamente a través de la Escuela
(ver comunicado del blog)


Qué son las causales?

Son las causas que por el artículo 55 del Estatuto docente pueden encuadrar mi MAD
a)Unidad familiar, razones de salud
b)Concentración de cargo y/o módulos
c)sin causas
d)Ingresantes de otros distritos
e)cambio de cargo base en el misma Nivel educativo. Por ej de MI de inicial a PR de Inicial
f)Cambio de Nivel educativo: por ej de MG de EP a PR de Secundaria o de MI de Inicial a PR de Secundaria.
En estos casos el puntaje para el MAD tiene en cuenta en primer lugar el valor de mi título para el nuevo cargo al que deseo acceder (MG 25 puntos para PR, MI 13 puntos para PR de Secundaria. Esto se puede comparar en los listados oficiales


Cómo justifico las causales

Adjuntando la documentación indicada en la Disposición N°550 del 2010 de MAD (Google o pasar por SAD)