Quiénes NO pueden pedir MAD ? |
Los docentes en uso de licencia por causas particulares 114 0 1 |
Los que estuvieron con Cambio de funciones y no pasó un año desde que
se las levantaron
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Los calificaron con menos de 8 sin recurrir la calificación
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Los que no pasaron 3 años
desde su toma de posesión como interinos
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Los que no transcurrieron dos MAD desde el último MAD en los módulos
o cargos que desea trasladar
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Los que aspiran a los cargos o
las materias excluídas por la Disposición N°114 y 125 (ver blog)
Los que poseen un cargo en un Nivel o Modalidad y lo quieren
trasladar a módulos u horas de otro Nivel o Modalidad
Por ej un MG de EP a módulos de Secundaria
Un PR de Secundaria a módulos de Educ Física o viceversa
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Qué sale a MAD ? |
Las vacantes reales (provisionales, interinas o con servicios provisorios) existentes al 30 de agosto de2013
Las vacantes que se despejan por consecuencia del movimiento de otro
docente
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Qué
se cubre por MAD ?
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El 50 % de las vacantes , restándole previamente la cantidad de cargos , módulos u horas ocupados por docentes interinos
Por ej si hubiera 18 cargos vacantes
de PR, SI hay 4 PR interinos, se restan 4 cargos para asegurar el DD , quedan 14, de esos 14 se cubriría
n 7 cargos por MAD 7
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Cómo
solicito MAD?
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Completo y presento en la Escuela
desde la cual deseo pedir el MAD una planilla original y 2 fotocopias de la
misma que consigo en Amoblamac, Pipas, ZOOM, Esc Técnica, junto con una copia
del PAD
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Qué
es el PAD?
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El Puntaje anual docente que todo docente en condiciones de pedir el
MAD debe poseer, cuando se solicitan traslados de cargo a cargo se define por
mayor PAD
Mañana es el últio día que la SAD recibe los reclamos únicamente a
través de la Escuela
(ver comunicado del blog)
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Qué son las causales? |
Son las causas que por el artículo 55 del Estatuto docente pueden encuadrar mi MAD
a)Unidad familiar, razones de salud
b)Concentración de cargo y/o módulos
c)sin causas
d)Ingresantes de otros distritos
e)cambio de cargo base en el misma Nivel educativo. Por ej de MI de
inicial a PR de Inicial
f)Cambio de Nivel educativo: por ej de MG de EP a PR de Secundaria o
de MI de Inicial a PR de Secundaria.
En estos casos el puntaje para el MAD tiene en cuenta en primer lugar
el valor de mi título para el nuevo cargo al que deseo acceder (MG 25 puntos
para PR, MI 13 puntos para PR de Secundaria. Esto se puede comparar en los listados
oficiales
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Cómo justifico las causales |
Adjuntando la documentación indicada en la Disposición N°550 del 2010 de MAD (Google o pasar por SAD) |
GESTIONAR ES HACER QUE LAS COSAS SUCEDAN
jueves, 1 de agosto de 2013
PREGUNTAS SOBRE MAD
Hoy hemos realizado la reunión informativa sobre MAD, con un resultado sumamente positivo, se trabajó la normativa vigente y se despejaron las dudas de los presentes, entre los datos más útiles que no figuran en le anterior comunicado de MAD podemos resaltar