Cada aspirante está evaluado según las pautas del Artículo 60º del
Estatuto del Docente y su reglamentación, teniendo en cuesta estas pautas podrá determinar si corresponde o no realizar el reclamo
Título Habilitante: El mismo debe estar
Registrado en la D.G.C. y E. (no se valorarán los títulos en trámite salvo
excepción del Nivel Central); los títulos pueden otorgar hasta un Máximo de 25
puntos en cada área de incumbencia según el nomenclador de títulos vigente para
el cargo o área.
Antigüedad de Título: Comienza a otorgar puntaje
a partir del año en que rindió la última materia. A razón de 0,25 puntos por
año, hasta un máximo de 10 años. Máximo valor que se puede obtener: 2,50
puntos. Para los títulos específicos en conjunción con Capacitación o Título
Docente se considerará el año de egreso de la Capacitación o Título Docente.
Promedio de Título Habilitante: Según la
siguiente escala: 9,51 a 10 = 0,20 puntos 8 a 9,50 = 0,15 puntos 6 a 7,99 =
0,10 puntos Cuando se posee título específico en Conjunción con Capacitación o
Título Docente se considerará el promedio del título específico. El máximo
valor que se puede obtener es 0,20 puntos.
Residencia: Se le asignarán 5 puntos a quién
acredite en su D.N.I. 1 año de residencia en el distrito de inscripción al
momento de cierre de la inscripción. En el Listado on-line, al puntaje total
que figura en la oblea, deben sumárseles los 5 puntos en el distrito que
corresponda.
Antigüedad en la Rama: Se considerará el
desempeño en Establecimientos Educativos dentro de la Jurisdicción Provincial,
Nacional, Municipal o en Establecimientos de Gestión Privada reconocida, a
razón de 0,50 puntos por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses. Máximo valor
que se puede obtener: 5 puntos.
Desfavorabilidad en la Rama: Se computará la
antigüedad en establecimientos considerados desfavorables al momento de haberse
desempeñado a razón de 0,25 por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses.
Máximo valor que se puede obtener: 2,50 puntos.
Antigüedad en el Ítem Escalafonario: Se
considerará la antigüedad según los Ítems Escalafonarios en los que se
desempeñó: Item 2 = Bibliotecarios o Encargados de Laboratorio Item 4 =
Preceptores Item 15 = Docentes frente a alumnos Item 16 = Cargos Jerárquicos
Dentro de la Jurisdicción Provincial, Nacional, Municipal o en establecimientos
de Gestión Privada reconocida, a razón de 0,25 puntos por ciclo lectivo o
fracción mayor a 6 meses. Máximo valor: 2,50 puntos.
Desfavorabilidad del Ítem Escalafonario: Se
computará la antigüedad según los Ítems antes detallados en establecimientos
considerados desfavorables al momento de haberse desempeñado a razón de 0,10
por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses. Hasta un máximo de 1 punto.
Calificaciones: Se considerarán las obtenidas en
establecimientos dependientes de la Provincia de Buenos Aires, de la Nación, de
Municipios o de Gestión Privada Reconocida, en los dos últimos años en que fue
calificado, según el cargo desempeñado, de acuerdo a la siguiente escala: 9,51
a 10 Sobresaliente 1 punto 8 a 9,50 Distinguido / Muy Bueno 0,50 puntos 6 a
7,99 Bueno 0,10 puntos Valor máximo por año en cargo o área: 1 punto. Máximo
acumulable en cada cargo o área: 2 puntos. Las calificaciones no son
acumulativas, se van renovando año tras año.
Títulos y Cursos Bonificantes: Se valoran los
que figuran en el Nomenclador vigente pudiéndose acumular hasta un máximo de 10
puntos. El Tribunal de Clasificación tiene la atribución de modificar el valor
de los cursos.
Cargo Titular: Si no es titular en un cargo o su
equivalente en horas cátedra o módulos se le acreditarán 10 puntos. Los cuales
les serán quitados al momento de Titularizar un cargo o su equivalente en horas
cátedra o módulos. Esta pauta obra en el Art. 59º de la Reglamentación vigente
del Estatuto del Docente.