GESTIONAR ES HACER QUE LAS COSAS SUCEDAN


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miércoles, 27 de abril de 2016

INGRESO EN LA DOCENCIA - CÓMO CALCULAR EL P.I.D. (Puntaje de ingreso a la docencia


Cada aspirante está evaluado según las pautas del Artículo 60º del Estatuto del Docente y su reglamentación, teniendo en cuesta estas pautas podrá determinar  si corresponde o no realizar el reclamo

Título Habilitante: El mismo debe estar Registrado en la D.G.C. y E. (no se valorarán los títulos en trámite salvo excepción del Nivel Central); los títulos pueden otorgar hasta un Máximo de 25 puntos en cada área de incumbencia según el nomenclador de títulos vigente para el cargo o área.

Antigüedad de Título: Comienza a otorgar puntaje a partir del año en que rindió la última materia. A razón de 0,25 puntos por año, hasta un máximo de 10 años. Máximo valor que se puede obtener: 2,50 puntos. Para los títulos específicos en conjunción con Capacitación o Título Docente se considerará el año de egreso de la Capacitación o Título Docente.

Promedio de Título Habilitante: Según la siguiente escala: 9,51 a 10 = 0,20 puntos 8 a 9,50 = 0,15 puntos 6 a 7,99 = 0,10 puntos Cuando se posee título específico en Conjunción con Capacitación o Título Docente se considerará el promedio del título específico. El máximo valor que se puede obtener es 0,20 puntos.

Residencia: Se le asignarán 5 puntos a quién acredite en su D.N.I. 1 año de residencia en el distrito de inscripción al momento de cierre de la inscripción. En el Listado on-line, al puntaje total que figura en la oblea, deben sumárseles los 5 puntos en el distrito que corresponda.

Antigüedad en la Rama: Se considerará el desempeño en Establecimientos Educativos dentro de la Jurisdicción Provincial, Nacional, Municipal o en Establecimientos de Gestión Privada reconocida, a razón de 0,50 puntos por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses. Máximo valor que se puede obtener: 5 puntos.

Desfavorabilidad en la Rama: Se computará la antigüedad en establecimientos considerados desfavorables al momento de haberse desempeñado a razón de 0,25 por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses. Máximo valor que se puede obtener: 2,50 puntos.

Antigüedad en el Ítem Escalafonario: Se considerará la antigüedad según los Ítems Escalafonarios en los que se desempeñó: Item 2 = Bibliotecarios o Encargados de Laboratorio Item 4 = Preceptores Item 15 = Docentes frente a alumnos Item 16 = Cargos Jerárquicos Dentro de la Jurisdicción Provincial, Nacional, Municipal o en establecimientos de Gestión Privada reconocida, a razón de 0,25 puntos por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses. Máximo valor: 2,50 puntos.

Desfavorabilidad del Ítem Escalafonario: Se computará la antigüedad según los Ítems antes detallados en establecimientos considerados desfavorables al momento de haberse desempeñado a razón de 0,10 por ciclo lectivo o fracción mayor a 6 meses. Hasta un máximo de 1 punto.

Calificaciones: Se considerarán las obtenidas en establecimientos dependientes de la Provincia de Buenos Aires, de la Nación, de Municipios o de Gestión Privada Reconocida, en los dos últimos años en que fue calificado, según el cargo desempeñado, de acuerdo a la siguiente escala: 9,51 a 10 Sobresaliente 1 punto 8 a 9,50 Distinguido / Muy Bueno 0,50 puntos 6 a 7,99 Bueno 0,10 puntos Valor máximo por año en cargo o área: 1 punto. Máximo acumulable en cada cargo o área: 2 puntos. Las calificaciones no son acumulativas, se van renovando año tras año.

Títulos y Cursos Bonificantes: Se valoran los que figuran en el Nomenclador vigente pudiéndose acumular hasta un máximo de 10 puntos. El Tribunal de Clasificación tiene la atribución de modificar el valor de los cursos.


Cargo Titular: Si no es titular en un cargo o su equivalente en horas cátedra o módulos se le acreditarán 10 puntos. Los cuales les serán quitados al momento de Titularizar un cargo o su equivalente en horas cátedra o módulos. Esta pauta obra en el Art. 59º de la Reglamentación vigente del Estatuto del Docente.