COMUNICADO
DISTRITAL
Certificación de los servicios liquidados
En el
marco de la Disposición N° 193/12 , Consejo Escolar, Jefatura Distrital y Secretaría de Asuntos docentes,
notifica a los responsables de cada establecimiento y/o dependencia, los
requisitos formales que deberán cumplimentar en la certificación de servicios
del personal que revista en el mismo y que se consigna en la Planilla resumen
del establecimiento (Planilla mecanizada)
1. A
partir del mes de julio, el Equipo de
conducción deberá controlar y verificar
las planillas mecanizadas respecto a :
·
Que todos los docentes nominalizados en
la misma, firmen en cada carga de horas cátedra/módulos/cargos en que figurasen, reciban o no el COULI por ese establecimiento
·
En el caso en que aparezcan diferencias
de mayor o menor carga horaria de horas/módulos/ cargos de lo que correspondiesen
al comparar la planilla mecanizada con el contralor, el Director del servicio
será el responsable de aclarar tal situación , resaltando con color verde al
docente y detallando el caso
en un relevamiento adjunto,
preciso y claro, de modo que la planilla mecanizada refleje la realidad del
servicio.
Tener en
cuenta que el docente puede no estar prestando servicios pero cobra el incentivo docente por una
determinada secuencia figurando en el listado, en ese caso, no es necesario
convocarlo para que firme.
Ej:
Docente
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DNI
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N°
de secuencia
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Cargo o módulos
reales
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Diferencia
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Alta no consignada
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Cese no consignado
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Licencias inactivas
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Se
recuerda que la secuencia es un número que aparece en el couli y en la
planilla mecanizada, indicando cada cargo o módulos que un docente posee, toda
ALTA en un cargo, implica un nuevo
número de secuencia.
En los módulos pueden incrementarse en el
mismo establecimiento, módulos nuevos a números de secuencia ya existentes en
ese servicio.
·
Los docentes que figuran en la planilla
y se encuentran en uso de licencia prolongada:
por maternidad o trastornos de
embarazo ( 114 d) relevado por Mayor jerarquía, o con licencia 115 d o e, con licencia por representación gremial, desempeño en cargo político , o con cambio de funciones en
otro establecimiento (art 121) no deberán firmar la planilla, sólo se hará la
aclaración pertinente
2- Cumplidos estos requisitos, el Director
deberá firmar al pie, cada una de
las hojas del listado a fin de certificar los servicios liquidados al personal
que revista en el Establecimiento, y entregar las Planillas mecanizadas con el
Relevamiento de las diferencias en el
Consejo Escolar, pudiendo de esta manera poder retirar las planillas
correspondientes al siguiente período, con los coulis correspondientes.
3-
Las diferencias detectadas en el relevamiento, deberán ser informadas como Novedades en la Secretaría de Asuntos
docentes, para realizar allí las Altas o Ceses pertinentes, una copia de estas
Novedades, se adjuntará al Contralor mensual que se entrega en Consejo Escolar.
·
Con la planilla mecanizada del mes de
Agosto, se deberá ir corrigiendo otros aspectos como secuencia, situación de
revista, nombre del área, etc
El trabajo comprometido del Equipo
de conducción y de las Autoridades distritales intervinientes, permitirá
optimizar el destino de los recursos que se invierten en el Sistema educativo
provincial, permitiendo que todos percibamos nuestros haberes en tiempo y
forma.